Verificación (Carácter Obligatorio-Legislación)

Si Ud. dispone en su empresa de Instrumentos de Pesaje de Funcionamiento no Automático, es decir; básculas, balanzas o básculas de gran tonelaje para el pesaje de camiones, y los utiliza para transacción comercial, por lo que factura con ellos, está en la obligación de someter a estos instrumentos a una Verificación Periódica de forma bienal.

La Normativa que aplica en estos casos es la ORDEN ICT/155/2020 DE 7 DE FEBRERO

El hecho de superar estas pruebas de Verificación, le garantizan a Ud. y a sus clientes y/o proveedores, que las medidas tomadas en su báscula están dentro de los máximos errores permitidos (MEP) por la ley. La validez de éste certificado es de 2 años. (Siempre y cuando no se realicen reparaciones o modificaciones sustanciales en los instrumentos).

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